Reuniones Resumidas Mesa de Trabajo Express.
27 de Enero 2010
Tema: Desvinculación Operadores en Pudahuel Enea
Protocolo que reintegra en un 100% a los OB. finiquitados de Pudahuel régimen, Bajo unas condiciones de cooperacion mutua.
Se hizo apoyo a los Sindicatos de Pudahuel, solo Dirigentes sindicales a la espera de respuesta en el piso -3, en el cual acordamos TODOS los sindicatos que participamos en la mesa de dialogo a reunirnos en asambleas mensuales para definir nuestras formas de trabajo y plantear las mejoras a la empresa.
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28 de Enero 2010.
Tema: Desvinculación Operadores en Maipú Régimen
Se lee el Protocolo de colaboración para trabajar juntos y mejorar indicadores, frecuencias para Transantiago, creando un clima laboral óptimo, se reintegra el 100% de los Ob. desvinculados.
Se crea mesa de diálogo que se reunirá en 02 semanas más con Luis Zavala para poder ir tratando los demás temas de interes para cada area.
la idea es trabajar primero por depositos:
* Pajaritos
* Maipu
* Pudahuel
* La Reina
* Torre de Control
Y luego un representante de cada sindicato para globalizar y dar respuestas que tienen como plazo máximo 01 mes para ser cumplidas.
JSO/jso
(c) Sindicato Lautaro
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29 de Enero 2010.
Tema: Caso Lugar de Trabajo Marcela Muñoz (Coordinadora de Ruta)
Se plantea cambio de lugar de trabajo a Marcela Muñoz debido a que en el punto actual donde ella se encuentra (J.Pérez con Errázuriz) cuenta con Baño Mixto, Sabiendo sus coordinadores de Vía de que ella es Transplantada de un riñón por lo cual no puede exponerse a infecciones.
Supervisores Cof Alex Soto y Diego Castillo solicitan los antecedentes medicos.
Marcela Muñoz trae documentación: Certificado de Transplante, Carnet de Transplante y Epicrisis, los cuales son entregados a Supervisor COF Diego Castillo.
Se informa además a Sub-Gerente Sr. Marcelo Cornejo quien acepta ver este caso en forma particular.
* Se señala demás ayer en reunión con Sr. Luis Zavala, quien responde que no hay problema en realizar el cambio si es por un tema de salud.
Estamos en espera de una respuesta el día Lunes, de lo contrario, se concurrirá directamente con Lusi Zavala para que el gestione el cambio.
* La idea es realizar el conducto regular tal como el COF lo pide y si no tenemos solucion, iremos más allá.
* Supervisores y Sub-Gerente en buena disposición.
JSO/jso
(c) Sindicato Lautaro 2010
_____________// :: Comentarios ::
Juan Nacle El Tema De Marcela Es Preocupante Ojala Tenga Una Rapida Acogida Y Solucion ::
El 29 de enero a las 10:56
John Sanhueza Oñate Si, el día Lunes Nacle como ambos estamos de mañana vamos a hablar con Cornejo. ::
El 29 de enero a las 10:57
Juan Nacle Ok ::
El 29 de enero a las 11:00
John Sanhueza Oñate Les damos el aviso que nuestra compañera Coordinadora de ruta Marcela Muñoz, ya fué trasladada a Depósito Pudahuel Régimen debido a la solicitud por ser ella transplantada no debía exponerse a infecciones las cuales pueden transmitirse a raíz de un baño compartido, la solicitud fué entregada a nuestros supervisores y g erentes.
Nuestro primer logro en gestión.
Sindicato Lautaro... Cumple.
(c) Lautaro 2010
El 08 de febrero a las 11:40
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01 de Marzo 2010.
Tema: De la Seguridad en Mall Plaza Alameda - Cof Alsacia - Express (Referencia Terremoto 27-02-2010)
Art. 184. El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica.
Corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el artículo 191, sin perjuicio de las facultades conferidas a otros servicios del Estado en virtud de las leyes que los rigen.
Art. 185. El reglamento señalará las industrias o trabajos peligrosos o insalubres y fijará las normas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 184.
Art. 186. Para trabajar en las industrias o faenas a que se refiere el artículo anterior, los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud.
Art. 187. No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad.
La calificación a que se refiere el inciso precedente, será realizada por los organismos competentes de conformidad a la ley, teniendo en vista la opinión de entidades de reconocida especialización en la materia de que se trate, sean públicas o privadas.
En Torre de Control Express de Santiago Uno S.A. se est ... Ver másá obligando a trabajar en el edificio Mall Plaza Alameda, del cual Todos desde un comienzo están claros que tiene problemas estructurales, malas escaleras de emergencia, y daños en sus ascensores, para Gerencia es lo importante que se empiece luego a trabajar, pero se esta exponiendo la vida e integridad de cada uno de mis colegas. Sindicato Lautaro ya está movilizándose al respecto.
Se acudirá a medios de difusión masivos y a las instancias pertinentes si no cumplen con resguardar la integridad fisica y la vida de cada uno de sus trabajadores en Mall Plaza Alameda, tanto Express de Santiago Uno S.A. como Inversiones Alsacia.
________// Respuesta //______
de Luis Zavala
para John Sanhueza Oñate
fecha1 de marzo de 2010 13:45
asunto Re: Fwd: Seguridad en Mall Plaza Alameda.
enviado por srs.bis.eu.blackberry.com
ocultar detalles 13:45 (9 minutos antes)
Se esta asignando a un lugar provisorio en espera de determinar uno definitivo que sea seguro para trabajar y operar.
Gracias
El 01 de marzo a las 13:15 ::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::
Tema: Carta Sr. Luis Zavala (Tema: Inoperancia de Supervisores Torre de Control)
John Sanhueza Oñate de John Sanhueza Oñate
para lzavala@exps1.cl
fecha 2 de marzo de 2010 16:40
asunto Re: Fwd: Seguridad en Mall Plaza Alameda.
enviado por gmail.com
ocultar detalles 16:40 (9 minutos antes)
Don Luis Muchas gracias por su respuesta, nos deja mucho mas tranquilos, ahora le consulto, que podemos hacer con la gente responsable de el área de torre de control, me refiero a supervisores, quienes No estaban disponibles antes ni despues de la catástrofe, entiendo que no había nadie en el lugar (siendo que ellos hacen turnos rotativos), esto nos tiene bastante preocupados ya que no contamos con el apoyo de estas personas, o bien no están suficientemente capacitadas para llevar estos cargos.
para lzavala@exps1.cl
fecha 2 de marzo de 2010 16:40
asunto Re: Fwd: Seguridad en Mall Plaza Alameda.
enviado por gmail.com
ocultar detalles 16:40 (9 minutos antes)
Don Luis Muchas gracias por su respuesta, nos deja mucho mas tranquilos, ahora le consulto, que podemos hacer con la gente responsable de el área de torre de control, me refiero a supervisores, quienes No estaban disponibles antes ni despues de la catástrofe, entiendo que no había nadie en el lugar (siendo que ellos hacen turnos rotativos), esto nos tiene bastante preocupados ya que no contamos con el apoyo de estas personas, o bien no están suficientemente capacitadas para llevar estos cargos.
_____________// :: Comentarios ::
John Sanhueza Oñate Es increible que no habían supervisores disponibles para el momento de la catástrofe...
John Sanhueza Oñate Quien tengas más aportes de información, le solicitamos que la entregue de manera anónima a la bandeja de entrada, ya que necesitamos frenar esto!!!
John Sanhueza Oñate Incorporaremos este tema en la reunión? me parece importante no dejarlo pasar.
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09 de Marzo 2010
Tema: PROPUESTA DE INCENTIVO PARA LOS TRABAJADORES DE EXPRESS DE SANTIAGO UNO S.A.
PROPUESTA DE INCENTIVO PARA LOS TRABAJADORES DE EXPRESS DE SANTIAGO UNO S.A.
En Santiago a 04 de marzo del 2010 se ha organizado una mesa única de trabajo, conformada con representantes de cada una de las mesas existentes. El objetivo de esta unificación es facilitar el diálogo entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
Esta mesa valora la voluntad de la empresa en incentivar al trabajador económicamente con un bono de incentivo y pago de horas extras.
En acuerdo y en conformidad a lo conversado en las mesas de trabajo anteriores, en las cuales llegamos a puntos de acuerdo en la presentación del documento final, hay puntos en los cuales no estamos de acuerdo.
a) Bono sujeto a indicadores de medición ( ICPKH )
b) Bono solo para los OB
c) Licencias médicas.
d) Permisos
Consideramos que el punto (a) no puede estar sujeto a factores ya que desvirtúan el objetivo real de un incentivo. Siendo este bono considerado para motivar a los trabajadores a cumplir con su responsabilidad contractual con la empresa.
En el punto (b) solicitamos que se haga extensivo a todos los trabajadores de la empresa involucrados en la operación y desplazamiento de los buses.
Las licencias enunciadas en el punto (c) consideramos que el bono debe pagarse en forma proporcional a los días trabajados.
Los permisos señalados en el punto (d) con respecto a los dirigentes sindicales, sin turnos especiales, no se consideraran como atraso ni ausencia, respetando lo establecido en la ley. Por lo tanto no será causal de descuento del bono.
En consideración a la buena voluntad de las partes en esta mesa consideramos que el monto inicial del bono de incentivo para los trabajadores que representamos (95%) sea de $45.000.- (cuarenta y cinco mil pesos) brutos.
Señalamos que dejamos pendiente para la mesa de trabajo los puntos propuestos por la empresa y no tratados en este documento.
Esperando una satisfactoria respuesta se despide de ustedes los abajo firmantes
MESA UNICA DE TRABAJO
El presente Documento es presentado por los siguientes sindicatos:
Diego Portales
Enea
Enea Dos
Express De Santiago Uno
Ex sume
Exsutram
Gabriela Mistral 3
Insuex
La Reina 1
La Reina Régimen
Lautaro
Los Libertadores
Maipú Régimen
Maipú Régimen 2
Padre Hurtado Cruchaga
Siexsu
Simón Bolívar
Sinait
Sindecoor
Sinemsu
Sisuexsa
Sitrapen
Stm
Torre Control
Union De Trabajadores
Santiago 04 de marzo 2010
C/c.: Claudio Castillo C. Gerente General
Luis Zavala Cuevas. Gerente de Personas
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04 de Marzo 2010.
Tema: Carta a irma Figueroa, Luis Zavala, Carol Frost (Referencia a vías de escape y planes de contingencia)
de John Sanhueza Oñate
para ifigueroa@exps.cl
cc lzabala@exps.cl,
cfrost@exps.cl,
clau.dio@hotmail.com
CCO tkg@hotmail.de
fecha 4 de marzo de 2010 16:28
asunto Saludos...
enviado por gmail.com
ocultar detalles 16:28 (11 minutos antes)
Srta. Irma:
Con mucho agrado saludo a usted y aprovecho de solicitar mi rol de turnos para el día martes 09-03-2010 para re-integrarme a trabajar luego de mi salida de la Clínica, además de solicitar a usted la ubicación exacta de donde debo presentarme ya que según la contingencia a raíz de la catástrofe habrían varios lugares provisorios.
Además solicito saber si al ingresar a la Torre de Control provisoria contamos con Plan de contingencia ante una réplica, una vía de evacuación, ya que según el Artículo 184 del Código del trabajo, la Empresa debe Velar por la seguridad de sus trabajadores. Como también si la Empresa dispondrá de atención Psicológica a su personal que enfrentó en el Piso 11 y 12 el día sábado a la catástrofe ocurrida en Santiago, ya que el personal aludido corresponde a miembros de este Sindicato.
Saludos cordiales.
John Sanhueza Oñate
Tesorero
Sindicato Lautaro
Anexo: Art. 184, Código del Trabajo.
DE LA PROTECCION A LOS TRABAJADORES
TITULO I
Normas Generales
Art. 184. El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica.
Corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el artículo 191, sin perjuicio de las facultades conferidas a otros servicios del Estado en virtud de las leyes que los rigen.
Art. 185. El reglamento señalará las industrias o trabajos peligrosos o insalubres y fijará las normas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 184.
Art. 186. Para trabajar en las industrias o faenas a que se refiere el artículo anterior, los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud.
Art. 187. No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad.
La calificación a que se refiere el inciso precedente, será realizada por los organismos competentes de conformidad a la ley, teniendo en vista la opinión de entidades de reconocida especialización en la materia de que se trate, sean públicas o privadas.
para ifigueroa@exps.cl
cc lzabala@exps.cl,
cfrost@exps.cl,
clau.dio@hotmail.com
CCO tkg@hotmail.de
fecha 4 de marzo de 2010 16:28
asunto Saludos...
enviado por gmail.com
ocultar detalles 16:28 (11 minutos antes)
Srta. Irma:
Con mucho agrado saludo a usted y aprovecho de solicitar mi rol de turnos para el día martes 09-03-2010 para re-integrarme a trabajar luego de mi salida de la Clínica, además de solicitar a usted la ubicación exacta de donde debo presentarme ya que según la contingencia a raíz de la catástrofe habrían varios lugares provisorios.
Además solicito saber si al ingresar a la Torre de Control provisoria contamos con Plan de contingencia ante una réplica, una vía de evacuación, ya que según el Artículo 184 del Código del trabajo, la Empresa debe Velar por la seguridad de sus trabajadores. Como también si la Empresa dispondrá de atención Psicológica a su personal que enfrentó en el Piso 11 y 12 el día sábado a la catástrofe ocurrida en Santiago, ya que el personal aludido corresponde a miembros de este Sindicato.
Saludos cordiales.
John Sanhueza Oñate
Tesorero
Sindicato Lautaro
Anexo: Art. 184, Código del Trabajo.
DE LA PROTECCION A LOS TRABAJADORES
TITULO I
Normas Generales
Art. 184. El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica.
Corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el artículo 191, sin perjuicio de las facultades conferidas a otros servicios del Estado en virtud de las leyes que los rigen.
Art. 185. El reglamento señalará las industrias o trabajos peligrosos o insalubres y fijará las normas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 184.
Art. 186. Para trabajar en las industrias o faenas a que se refiere el artículo anterior, los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud.
Art. 187. No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad.
La calificación a que se refiere el inciso precedente, será realizada por los organismos competentes de conformidad a la ley, teniendo en vista la opinión de entidades de reconocida especialización en la materia de que se trate, sean públicas o privadas.
Hola John
Espero que te hayas comunicado con alguien de Torre y tengas la información. A mi, me era imposible otorgártela pues me reintegré a trabajar este lunes 08/03 (estaba de vacaciones) y hoy recién estoy conectada a la red, por lo que estoy leyendo y contestando mail, de todas maneras te adjunto el rol que esta publicado desde el viernes 05/03.-
Debes presentarte en el depósito de Huechuraba (Alsacia), Av. Recoleta 5151, 2do piso.-
Respecto de tu consulta acerca de Plan de Contingencia y atención Psicológica se consultara a quienes corresponda y se informara.-
Saludos
Irma Figueroa N.
Alsacia & Express
02-9477816
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14 de Marzo 2010.
Tema: Denuncia 1038 Dirección del Trabajo (Seguridad y Sup. COF)
-------- Mensaje original --------
Asunto: Denuncia 1038 Alex Soto (Supervisor Cof) Dirección del Trabajo.
Fecha: Sun, 14 Mar 2010 12:11:33 -0400
De: John Sanhueza Oñate
Para: Juan Nacle , clau.dio@hotmail.com, Mesa de Trabajo 2010 , Luis Zavala
Se emite con fecha de Hoy Denuncia en línea (detallada a continuación) ante la Dirección del Trabajo debido al mal proceder de Supervisor Cof, La falta de seguridad y Prevención en nuestra área de trabajo, como tampoco Libro de Asistencia para registrar nuestro ingreso a turno. El Caos que se formó el día 11-03, además nuestro retorno a Mall Plaza Alameda, ya que no hay una voz oficial que nos diga que es lo que pasará.
El Gerente de Torre de Control (que no se sabe aun su nombre) llegó ese día 11-03 a ver como estaban sus supervisores y luego desapareció.
El detalle de la denuncia y la solución que se pide están señalados y la copia del éxito del envío a la dirección señalada. Esperamos un tiempo más que necesario sin obtener respuestas por parte de Irma Figueroa, Sr. Luis Zavala y el Prevencionista de Riesgos Rodrígo Herrera.
Se adjuntan correos electrónicos enviados a las personas señaladas.
Saludos Cordiales.
John Sanhueza Oñate
Tesorero
Sindicato Lautaro.
Problema:
Tenemos Supervisor (Torre de Control) llamado Alex Soto, quien ha estado en reiteradas réplicas de este terremoto, además de no tener la capacitación adecuada para enfrentar esta materia , nos señala en esas réplicas que el “Quiere que nos quedemos sentados en nuestros puestos” SIN EVACUAR el edificio (que es de Alsacia y no de Express), a lo cual hemos tenido que actuar por iniciativa propia, no cumpliendo él ni la empresa con el art. 184 del código del trabajo. Además nos quieren retornar al edificio Mall Plaza Alameda, Piso 12. Donde han colapsado varios pisos, el edificio tiene fallas estructurales, y la escalera de emergencia está mal hecha (entre peldaño y peldaño hay diferencias de medidas, provocando la inminente caída de la gente que circule por ese lugar) Pero los gerentes y área administrativa no retornará, solo nuestra área. Cabe destacar que el supervisor ya nombrado en reiteradas veces nos ha señalado que si no nos gusta la forma de proceder, que busquemos otro trabajo. Él además nos aterroriza con cartas de amonestación (se pasea con ellas en las manos) y no tenemos un documento donde registrar nuestro ingreso al trabajo (libros ni reloj control), también como estamos en un lugar provisorio el ruido es bastante a lo cual este supervisor no hayó nada mejor que respondernos que hablemos más despacio. Además la empresa ante el terremoto del 27-02-2010 tuvo trabajadores en el piso 11 y 12 de Mall Plaza, quedó en evidencia la mala construcción, ellos están con crisis de pánico, ataques reiterados y no han sido capaces de enviarlos a la Mutual correspondiente.
Solución:
Lugar apto para trabajar, que cumpla las normas de seguridad y debidamente Certificado por su organismo regulador.
Plan de Evacuación.
Apoyo Psicológico a los trabajadores que estuvieron en el Terremoto.
Reubicación (en otra área) o Desvinculación del Supervisor señalado (Alex Soto), ya que instauró el Terrorismo Laboral en el Área.
Libro de Asistencia para registrar nuestro ingreso.
-------- Mensaje original --------
Asunto: Plan de Evacuación - Sin Prevencionista de Riesgos Express en Torre de Control.
Fecha: Fri, 12 Mar 2010 16:22:22 -0300
De: John Sanhueza Oñate
Para: rherrera@exps1.cl, lzabala@exps.cl, Irma Figueroa , Héctor Poblete Adasme
Señor
Rodrígo Herrera
Prevencionista de Riesgos
Express de Santiago Uno S.A.
Presente.
Estimado Señor:
Mediante el presente, me dirijo a usted con Gran preocupación, ya que el área Torre de Control se encuentra provisoriamente en Depósito Huechuraba (Alsacia), al ser trasladados a ese recinto NO tenemos un Plan de evacuación, como tampoco personal idóneo para mostrarnos claramente lo que debemos hacer como trabajadores, no cumpliendo con Art. 184 del Código del trabajo con respecto a la seguridad de los trabajadores.
Le comento que llevamos Un terremoto y una réplica casi identica a un terremoto, y Nadie de su área nos ha comentado qué en realidad debemos hacer. Además le señalo que el día de ayer se nos presenta ese problema (del sismo) y el Supervisor Alex Soto, quería que estuvieramos sentados, inclusive ayer en el turno incluía personal que estuvo la noche del terremoto y que aún no es apoyada psicológicamente por la empresa, lo cual causó un alto nivel de histeria colectiva.
Señalo a usted que de no tener respuesta acudiremos a las instancias legales que corresponda.
Sería muy importante contar con su presencia en el lugar para que podamos aprender a sobrellevar de buena manera estas catástrofes.
Espero una pronta y urgente respuesta...
John Sanhueza Oñate
Tesorero
Sindicato Lautaro
Distribución:
Presidente Sindicato
Rodrigo Herrera (P. de riesgos)
Mesa de Diálogo Express
Dirección del Trabajo
Archivo
El 09-03-2010 15:15, Irma Figueroa escribió:
>
> Hola John
>
>
>
> Espero que te hayas comunicado con alguien de Torre y tengas la información. A mi, me era imposible otorgártela pues me reintegré a trabajar este lunes 08/03 (estaba de vacaciones) y hoy recién estoy conectada a la red, por lo que estoy leyendo y contestando mail, de todas maneras te adjunto el rol que esta publicado desde el viernes 05/03.-
>
> Debes presentarte en el depósito de Huechuraba (Alsacia), Av. Recoleta 5151, 2do piso.-
>
>
>
> Respecto de tu consulta acerca de Plan de Contingencia y atención Psicológica se consultara a quienes corresponda y se informara.-
>
>
>
> Saludos
>
> Irma Figueroa N.
>
> Alsacia & Express
>
> 02-9477816
>
> De: John Sanhueza Oñate [mailto:jpsanhuezaonate@gmail.com]
> Enviado el: jueves, 04 de marzo de 2010 16:29
> Para: Irma Figueroa
> CC: lzabala@exps.cl; cfrost@exps.cl; clau.dio@hotmail.com
> Asunto: Saludos...
>
>
>
> Srta. Irma:
>
> Con mucho agrado saludo a usted y aprovecho de solicitar mi rol de turnos para el día martes 09-03-2010 para re-integrarme a trabajar luego de mi salida de la Clínica, además de solicitar a usted la ubicación exacta de donde debo presentarme ya que según la contingencia a raíz de la catástrofe habrían varios lugares provisorios.
>
> Además solicito saber si al ingresar a la Torre de Control provisoria contamos con Plan de contingencia ante una réplica, una vía de evacuación, ya que según el Artículo 184 del Código del trabajo, la Empresa debe Velar por la seguridad de sus trabajadores. Como también si la Empresa dispondrá de atención Psicológica a su personal que enfrentó en el Piso 11 y 12 el día sábado a la catástrofe ocurrida en Santiago, ya que el personal aludido corresponde a miembros de este Sindicato.
>
> Saludos cordiales.
>
>
> John Sanhueza Oñate
> Tesorero
> Sindicato Lautaro
>
> Anexo: Art. 184, Código del Trabajo.
>
> DE LA PROTECCION A LOS TRABAJADORES
>
> TITULO I
>
> Normas Generales
>
> Art. 184. El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
>
> Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica.
>
> Corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el artículo 191, sin perjuicio de las facultades conferidas a otros servicios del Estado en virtud de las leyes que los rigen.
>
> Art. 185. El reglamento señalará las industrias o trabajos peligrosos o insalubres y fijará las normas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 184.
>
> Art. 186. Para trabajar en las industrias o faenas a que se refiere el artículo anterior, los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud.
>
> Art. 187. No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad.
>
> La calificación a que se refiere el inciso precedente, será realizada por los organismos competentes de conformidad a la ley, teniendo en vista la opinión de entidades de reconocida especialización en la materia de que se trate, sean públicas o privadas.
>
>
2010/3/1 Luis Zavala
Se esta asignando a un lugar provisorio en espera de determinar uno definitivo que sea seguro para trabajar y operar.
Gracias
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From: John Sanhueza Oñate
Date: Mon, 1 Mar 2010 13:35:44 -0300
To:
Subject: Fwd: Seguridad en Mall Plaza Alameda.
---------- Forwarded message ----------
From: John Sanhueza Oñate
Date: 2010/3/1
Subject: Seguridad en Mall Plaza Alameda.
To: lzabala@exps.cl
Cc: cfrost@exps.cl
Don Luis:
Junto con saludar a usted, le comento que con mucha preocupación hemos recibido la noticia que la Torre de Control funcionará de todas maneras en el edificio Integramédica, el cual desde que llegamos a esas instalaciones hemos dicho que cuenta con serias falencias, como por ejemplo las escaleras de emergencia, las cuales entre peldaño y peldaño, tienen diversas medidas, causando la inminente caída de la persona que arranque por ese lugar. Los Ascensores nunca han sido seguros sin catástrofe, ahora con mayor razón no se pueden utilizar. El día de la catástrofe, en Express Torre de Control, no se contaba con supervisor alguno, siendo que ellos tienen turnos rotativos (incluyendo el de noche), nadie con la capacitación adecuada en caso de emergencias para guiar a quienes trabajaban.
Don Luis le pido por favor revisar eso, según entiendo ya se entregó la instrucción que el Cof funcionará desde las instalaciones de CityMovil, pero solo por el día de hoy, no estando tranquilos por el día de mañana, sabemos que las réplicas continúan y el edificio en cuestión no nos entrega la seguridad necesaria. Además le pedimos que vea la situación de nuestros supervisores quienes debieran estar ahi para darnos apoyo, o bien solamente para trabajar, ya que por eso se les paga un sueldo mensual.
De antemano se agradece su comprensión, en espera de una pronta respuesta, se despide atentamente.
John Sanhueza Oñate
Tesorero
Sindicato Lautaro.
--
John Sanhueza Oñate Tesorero Sindicato Interempresas Lautaro 09-584.60.59 jpsanhuezaonate@gmail.com www.sindicatolautaro.tk
Para: Juan Nacle
Se emite con fecha de Hoy Denuncia en línea (detallada a continuación) ante la Dirección del Trabajo debido al mal proceder de Supervisor Cof, La falta de seguridad y Prevención en nuestra área de trabajo, como tampoco Libro de Asistencia para registrar nuestro ingreso a turno. El Caos que se formó el día 11-03, además nuestro retorno a Mall Plaza Alameda, ya que no hay una voz oficial que nos diga que es lo que pasará.
El Gerente de Torre de Control (que no se sabe aun su nombre) llegó ese día 11-03 a ver como estaban sus supervisores y luego desapareció.
El detalle de la denuncia y la solución que se pide están señalados y la copia del éxito del envío a la dirección señalada. Esperamos un tiempo más que necesario sin obtener respuestas por parte de Irma Figueroa, Sr. Luis Zavala y el Prevencionista de Riesgos Rodrígo Herrera.
Se adjuntan correos electrónicos enviados a las personas señaladas.
Saludos Cordiales.
John Sanhueza Oñate
Tesorero
Sindicato Lautaro.
Problema:
Tenemos Supervisor (Torre de Control) llamado Alex Soto, quien ha estado en reiteradas réplicas de este terremoto, además de no tener la capacitación adecuada para enfrentar esta materia , nos señala en esas réplicas que el “Quiere que nos quedemos sentados en nuestros puestos” SIN EVACUAR el edificio (que es de Alsacia y no de Express), a lo cual hemos tenido que actuar por iniciativa propia, no cumpliendo él ni la empresa con el art. 184 del código del trabajo. Además nos quieren retornar al edificio Mall Plaza Alameda, Piso 12. Donde han colapsado varios pisos, el edificio tiene fallas estructurales, y la escalera de emergencia está mal hecha (entre peldaño y peldaño hay diferencias de medidas, provocando la inminente caída de la gente que circule por ese lugar) Pero los gerentes y área administrativa no retornará, solo nuestra área. Cabe destacar que el supervisor ya nombrado en reiteradas veces nos ha señalado que si no nos gusta la forma de proceder, que busquemos otro trabajo. Él además nos aterroriza con cartas de amonestación (se pasea con ellas en las manos) y no tenemos un documento donde registrar nuestro ingreso al trabajo (libros ni reloj control), también como estamos en un lugar provisorio el ruido es bastante a lo cual este supervisor no hayó nada mejor que respondernos que hablemos más despacio. Además la empresa ante el terremoto del 27-02-2010 tuvo trabajadores en el piso 11 y 12 de Mall Plaza, quedó en evidencia la mala construcción, ellos están con crisis de pánico, ataques reiterados y no han sido capaces de enviarlos a la Mutual correspondiente.
Solución:
Lugar apto para trabajar, que cumpla las normas de seguridad y debidamente Certificado por su organismo regulador.
Plan de Evacuación.
Apoyo Psicológico a los trabajadores que estuvieron en el Terremoto.
Reubicación (en otra área) o Desvinculación del Supervisor señalado (Alex Soto), ya que instauró el Terrorismo Laboral en el Área.
Libro de Asistencia para registrar nuestro ingreso.
-------- Mensaje original --------
Asunto: Plan de Evacuación - Sin Prevencionista de Riesgos Express en Torre de Control.
Fecha: Fri, 12 Mar 2010 16:22:22 -0300
De: John Sanhueza Oñate
Para: rherrera@exps1.cl, lzabala@exps.cl, Irma Figueroa
Señor
Rodrígo Herrera
Prevencionista de Riesgos
Express de Santiago Uno S.A.
Presente.
Estimado Señor:
Mediante el presente, me dirijo a usted con Gran preocupación, ya que el área Torre de Control se encuentra provisoriamente en Depósito Huechuraba (Alsacia), al ser trasladados a ese recinto NO tenemos un Plan de evacuación, como tampoco personal idóneo para mostrarnos claramente lo que debemos hacer como trabajadores, no cumpliendo con Art. 184 del Código del trabajo con respecto a la seguridad de los trabajadores.
Le comento que llevamos Un terremoto y una réplica casi identica a un terremoto, y Nadie de su área nos ha comentado qué en realidad debemos hacer. Además le señalo que el día de ayer se nos presenta ese problema (del sismo) y el Supervisor Alex Soto, quería que estuvieramos sentados, inclusive ayer en el turno incluía personal que estuvo la noche del terremoto y que aún no es apoyada psicológicamente por la empresa, lo cual causó un alto nivel de histeria colectiva.
Señalo a usted que de no tener respuesta acudiremos a las instancias legales que corresponda.
Sería muy importante contar con su presencia en el lugar para que podamos aprender a sobrellevar de buena manera estas catástrofes.
Espero una pronta y urgente respuesta...
John Sanhueza Oñate
Tesorero
Sindicato Lautaro
Distribución:
Presidente Sindicato
Rodrigo Herrera (P. de riesgos)
Mesa de Diálogo Express
Dirección del Trabajo
Archivo
El 09-03-2010 15:15, Irma Figueroa escribió:
>
> Hola John
>
>
>
> Espero que te hayas comunicado con alguien de Torre y tengas la información. A mi, me era imposible otorgártela pues me reintegré a trabajar este lunes 08/03 (estaba de vacaciones) y hoy recién estoy conectada a la red, por lo que estoy leyendo y contestando mail, de todas maneras te adjunto el rol que esta publicado desde el viernes 05/03.-
>
> Debes presentarte en el depósito de Huechuraba (Alsacia), Av. Recoleta 5151, 2do piso.-
>
>
>
> Respecto de tu consulta acerca de Plan de Contingencia y atención Psicológica se consultara a quienes corresponda y se informara.-
>
>
>
> Saludos
>
> Irma Figueroa N.
>
> Alsacia & Express
>
> 02-9477816
>
> De: John Sanhueza Oñate [mailto:jpsanhuezaonate@gmail.com]
> Enviado el: jueves, 04 de marzo de 2010 16:29
> Para: Irma Figueroa
> CC: lzabala@exps.cl; cfrost@exps.cl; clau.dio@hotmail.com
> Asunto: Saludos...
>
>
>
> Srta. Irma:
>
> Con mucho agrado saludo a usted y aprovecho de solicitar mi rol de turnos para el día martes 09-03-2010 para re-integrarme a trabajar luego de mi salida de la Clínica, además de solicitar a usted la ubicación exacta de donde debo presentarme ya que según la contingencia a raíz de la catástrofe habrían varios lugares provisorios.
>
> Además solicito saber si al ingresar a la Torre de Control provisoria contamos con Plan de contingencia ante una réplica, una vía de evacuación, ya que según el Artículo 184 del Código del trabajo, la Empresa debe Velar por la seguridad de sus trabajadores. Como también si la Empresa dispondrá de atención Psicológica a su personal que enfrentó en el Piso 11 y 12 el día sábado a la catástrofe ocurrida en Santiago, ya que el personal aludido corresponde a miembros de este Sindicato.
>
> Saludos cordiales.
>
>
> John Sanhueza Oñate
> Tesorero
> Sindicato Lautaro
>
> Anexo: Art. 184, Código del Trabajo.
>
> DE LA PROTECCION A LOS TRABAJADORES
>
> TITULO I
>
> Normas Generales
>
> Art. 184. El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
>
> Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica.
>
> Corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el artículo 191, sin perjuicio de las facultades conferidas a otros servicios del Estado en virtud de las leyes que los rigen.
>
> Art. 185. El reglamento señalará las industrias o trabajos peligrosos o insalubres y fijará las normas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 184.
>
> Art. 186. Para trabajar en las industrias o faenas a que se refiere el artículo anterior, los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud.
>
> Art. 187. No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad.
>
> La calificación a que se refiere el inciso precedente, será realizada por los organismos competentes de conformidad a la ley, teniendo en vista la opinión de entidades de reconocida especialización en la materia de que se trate, sean públicas o privadas.
>
>
2010/3/1 Luis Zavala
Se esta asignando a un lugar provisorio en espera de determinar uno definitivo que sea seguro para trabajar y operar.
Date: Mon, 1 Mar 2010 13:35:44 -0300
To:
Subject: Fwd: Seguridad en Mall Plaza Alameda.
---------- Forwarded message ----------
From: John Sanhueza Oñate
Date: 2010/3/1
Subject: Seguridad en Mall Plaza Alameda.


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